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				<journal-title>Korpus 21</journal-title>
				<abbrev-journal-title abbrev-type="publisher">Korpus 21</abbrev-journal-title>
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			<issn pub-type="ppub">2683-2682</issn>
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				<publisher-name>El Colegio Mexiquense A.C.</publisher-name>
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			<article-id pub-id-type="doi">10.22136/korpus212024177</article-id>
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					<subject>Sección temática</subject>
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				<article-title>Hacia una nueva biografía de Agustín de Iturbide: azar, influencias, erratas, nuevas lecturas</article-title>
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					<trans-title>Towards a new biography of Agustín de Iturbide: chance, influences, errors, new readings</trans-title>
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						<surname>Arenal Fenochio</surname>
						<given-names>Jaime del</given-names>
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					<institution content-type="original"> Centro de Estudios Interdisciplinares A.C. México. Correo electrónico: jarefen@yahoo.com.mx.</institution>
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				<year>2024</year>
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				<season>Jan-Apr</season>
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			<issue>10</issue>
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					<license-p>Este es un artículo publicado en acceso abierto bajo una licencia Creative Commons</license-p>
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				<title>Resumen</title>
				<p>El artículo da cuenta del itinerario intelectual del autor para develar durante más de treinta años y desde la perspectiva de la nueva historia constitucional la obra de Agustín de Iturbide a partir, fundamentalmente, de la publicación de su programa político lanzado en Iguala en febrero de 1821, y propiciar así un replanteamiento historiográfico del personaje tan deformado tanto por una historiografía al servicio del poder como por otra conservadora y apologética. Se destaca el descubrimiento y la importancia de documentos hasta ahora inéditos, así como la nueva lectura de otros ampliamente conocidos, pero malamente interpretados.</p>
			</abstract>
			<trans-abstract xml:lang="en">
				<title>Abstract</title>
				<p>The article gives an account of the author’s intellectual itinerary to unveil for more than thirty years and from the perspective of the new constitutional history the work of Agustín de Iturbide from, fundamentally, the publication of his political program launched in Iguala in February 1821, and thus promote a historiographical rethinking of the character so deformed both by a historiography at the service of power and by another conservative and apologetic. It highlights the discovery and importance of hitherto unpublished documents, as well as the rereading of others widely known but poorly interpreted.</p>
			</trans-abstract>
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				<title>Palabras clave:</title>
				<kwd>Agustín de Iturbide</kwd>
				<kwd>Consumación de la Independencia</kwd>
				<kwd>Historia Constitucional Mexicana</kwd>
				<kwd>Plan de Iguala</kwd>
				<kwd>Trigarancia</kwd>
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				<title>Keywords:</title>
				<kwd>Agustin de Iturbide</kwd>
				<kwd>Consummation of Independence</kwd>
				<kwd>Mexican Constitucional History</kwd>
				<kwd>Plan de Iguala</kwd>
				<kwd>Trigarancia</kwd>
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		<sec sec-type="supplementary-material">
			<title>Estado de la cuestión</title>
			<p>¿Corresponde la figura y obra de Iturbide al personaje histórico que, desde el poder estatal, la historiografía liberal y revolucionaria forjó y legó a la posteridad y que todavía domina en el imaginario colectivo de la mayoría de los mexicanos?</p>
			<p>No es mi propósito ni mi interés gastar tiempo en presentar las causas que explicarían en México por qué la figura histórica de Agustín de Iturbide (Valladolid, 1783-Padilla, 1824) ha causado y continúa causando polémicas tanto historiográficas como, aún más, políticas prácticamente desde su arribo al trono imperial en 1822. Baste con decir que a lo largo del siglo XX llegó a convertirse en el <italic>innombrable</italic> por excelencia de la historia mexicana, sobre todo a partir del ostracismo al que pretendió condenarlo el gobierno de Luis Echeverría al conmemorarse el 150 aniversario de la consumación de la Independencia en 1971. Tampoco es de mi interés hacer un repaso historiográfico de la vida y obra de tan discutido personaje. Baste también decir que esta revisión tendría que partir cuestionando la visión maniquea que ha imperado sobre su vida y obra y que, a guisa de ejemplo, estaría representada en el siglo XX, por el lado de la historiografía llamada <italic>conservadora</italic>, por las obras del jesuita Mariano Cuevas, <italic>El Libertador</italic> (<xref ref-type="bibr" rid="B28">Cuevas, 1947</xref>), hasta cierto punto por la de Ezequiel A. Chávez (<xref ref-type="bibr" rid="B27">Chávez, 1957</xref>) e, indiscutiblemente, por la <italic>Defensa de Iturbide</italic> del profesor Celerino Salmerón (<xref ref-type="bibr" rid="B57">Salmerón,1974</xref>). Desde la historiografía contraria -iniciada, desde luego, con el pasquín del guayaquileño Vicente Rocafuerte (<xref ref-type="bibr" rid="B54">Rocafuerte,1984</xref>), publicado bajo el seudónimo de “un verdadero americano” aún en vida de Iturbide-, sobresalen el libro del español Carlos Navarro y Rodrigo, <italic>Vida de Agustín de Iturbide</italic> (<xref ref-type="bibr" rid="B51">Navarro, 1919</xref>), y la obra del escritor hondureño Rafael Heliodoro Valle, <italic>Iturbide, varón de Dios</italic> (<xref ref-type="bibr" rid="B59">Valle, 1944</xref>), escaseando, por el contrario, biografías que superando ese maniqueísmo presenten a un Iturbide ajeno a estas controversias historiográficas, tal y como la que en 1952 diera a conocer en inglés el historiador norteamericano William S. Spencer, <italic>Iturbide of Mexico</italic> (<xref ref-type="bibr" rid="B53">Robertson, 1952</xref>)<italic>,</italic> publicada en español hasta el año de <xref ref-type="bibr" rid="B52">2012</xref>, ¡sesenta años después!</p>
			<p>Lo que sí importa subrayar aquí es la ausencia de una colección documental que idealmente formara un “<italic>corpus iturbideano</italic>”, similar a la magnífica colección que sobre los escritos de Simón Bolívar se iniciara a publicar en Caracas a poco de su fallecimiento y que dio paso a decenas de volúmenes. La ausencia, en principio, no parecería tener mayor relevancia si se piensa en que hasta hace muy poco tiempo contamos con un <italic>corpus</italic> similar de documentos relativos a la figura -esta sí consagrada en el imaginario patriótico nacional- del sacerdote insurgente José María Morelos (1765-1815), debido en muy buena medida a la labor de Carlos Herrejón Peredo, responsable de la trilogía que integra la “Biblioteca José María Morelos” (<xref ref-type="bibr" rid="B40">Herrejón, 1984</xref>, <xref ref-type="bibr" rid="B38">1985a</xref> y <xref ref-type="bibr" rid="B37">1987</xref>). Sin embargo, a diferencia de Iturbide, el <italic>corpus</italic> de ese héroe insurgente, y más aún el de Miguel Hidalgo (1753-1811), es en verdad escaso mientras que “los papeles” de Agustín de Iturbide -repartidos en decenas de varios repositorios nacionales y extranjeros (Washington, Austin, Londres, Madrid, Sevilla)- suman miles, lo que, en principio, permitiría un conocimiento más completo y objetivo del personaje. No ha sido así, por desgracia: mientras unos cuantos documentos han permitido enaltecer hasta alturas inimaginables las figuras egregias de Hidalgo y de Morelos y elaborar medianas o excelentes biografías (<xref ref-type="bibr" rid="B36">Herrejón, 2011</xref> y <xref ref-type="bibr" rid="B35">2015</xref>), la masa documental de quien proclamó y consumó en forma consensuada e institucional la independencia de México en 1821 continúa siendo desconocida, no obstante que fuera el propio gobierno federal, a través del Archivo General de la Nación, quien comenzara a reunir hacia la década de los veinte del siglo pasado los documentos de o acerca de Iturbide, como se comprueba con la publicación de <italic>La correspondencia y diario militar de don Agustín de Iturbide</italic> (<xref ref-type="bibr" rid="B46">Iturbide, 1923</xref>), seguida en la siguiente década por la <italic>Correspondencia privada de don Agustín de Iturbide y otros documentos de la época</italic> (<xref ref-type="bibr" rid="B45">Iturbide, 1933</xref>), y, en los cuarenta, por <italic>La correspondencia de Agustín de Iturbide después del Plan de Iguala</italic> recopilada por Vito Alessio Robles y publicada por la Secretaría de la Defensa Nacional (<xref ref-type="bibr" rid="B44">Iturbide, 1945</xref>). En esta última década aparecería la célebre y muy importante colección documental que forma <italic>El Libertador</italic> del mencionado P. Mariano Cuevas. Habría que esperar hasta 1977 para que otro jesuita publicara en una editorial muy identificada con el pensamiento conservador mexicano los <italic>Papeles de Don Agustín de Iturbide. Documentos hallados recientemente</italic> (<xref ref-type="bibr" rid="B34">Gutiérrez Casillas, 1977</xref>)<italic>.</italic> Por último, y en forma verdaderamente sorprendente y sin ningún estudio preliminar o presentación justificativa, en 2014 la Dirección General de Publicaciones del Consejo Nacional para la Cultura y las Artes publicó <italic>Escritos diversos</italic> de Iturbide dentro de la colección “Cien de México”, que repite algunos de los documentos recogidos por Cuevas.</p>
			<p>Al margen de estas publicaciones, la obra más célebre y difundida de Iturbide ha gozado de relativa suerte. Me refiero a sus <italic>Memorias</italic> o <italic>Manifiesto al Mundo</italic> suscrito en el puerto de Liorna, Italia, el 27 de septiembre de 1823 y que en las últimas décadas ha sido publicado por el mencionado Gutiérrez Casillas en la obra señalada, por Laura B. de la Torre en edición particular (<xref ref-type="bibr" rid="B43">Iturbide, 2001</xref>), y por Camilo Ayala Ochoa, bajo el sello editorial de la UNAM (<xref ref-type="bibr" rid="B42">Iturbide, 2007</xref>), basándose estos tres autores en versiones un tanto distintas del ejemplar dado a conocer por vez primera en tiempos de su autor.</p>
			<p>No obstante estas pocas y poco conocidas obras, Iturbide no sólo se había convertido en el siglo XX en el <italic>innombrable</italic> de la historia oficial mexicana sino en el autor político menos leído de México. Y si alguno desde el oficialismo liberal y revolucionario se había atrevido a leer alguno de sus documentos autógrafos, había sido para desacreditarlo o para negar la sinceridad de sus intenciones, propuestas y procedimientos; simplemente no se le creyó. Esta falta de credibilidad, asociada al calificativo de <italic>traidor</italic> que se le dio desde 1824 (<xref ref-type="bibr" rid="B29">Espinosa, 2021</xref>), hacía inútil en todo sentido tomarse el tiempo de leer alguno de sus escritos: todos estaban cargados de impostura, doble juego, perfidia y ambición.</p>
			<p>Aquí encontraría yo la clave de mi interpretación de la vida y obra del personaje. En hacer una nueva, fresca, objetiva, y determinada por mi formación jurídica -es decir, en clave histórico-jurídica- lectura de los textos iturbidistas, principiando con los más célebres y trascendentes: el <italic>Plan de Iguala</italic> (<xref ref-type="bibr" rid="B21">Arenal, 1994</xref>) y las <italic>Memorias</italic>.</p>
		</sec>
		<sec sec-type="supplementary-material">
			<title>Formación y antecedentes</title>
			<p>Con base en estas obras y estas primeras lecturas, en 2002 y dentro de la colección “Grandes Protagonistas de la Historia Mexicana” de la editorial Planeta DeAgostini, dirigida por el buen amigo José Manuel Villalpando, publiqué mi breve biografía <italic>Agustín de Iturbide</italic>, obra desde luego de divulgación como todas las que formaron parte de la mencionada colección, y por esta razón limitada a un número determinado de páginas y palabras (<xref ref-type="bibr" rid="B16">Arenal, 2002a</xref>).</p>
			<p>No necesito aclarar que la principal dificultad con la que me enfrenté consistió en las diferentes visiones historiográficas que se habían ido tejiendo alrededor de la vida y obra del personaje, una de las cuales -repito- lo había reducido hasta convertirlo en el <italic>innombrable</italic> de la llamada historia oficial, por considerarlo tradicionalmente como <italic>traidor</italic> desde que lo dispuso oficialmente el republicano congreso federal de México en 1824, habiéndolo ratificado en este ominoso carácter la Cámara de Diputados de otro congreso federal y republicano en 1921, cuando decidió quitar y vejar su nombre inscrito hasta entonces en letras de oro en los muros de su sede (<xref ref-type="bibr" rid="B20">Arenal, 1996</xref>; <xref ref-type="bibr" rid="B56">Romero Flores, 1971</xref>). Por si fuera poco, en 1971 Iturbide había quedado definitivamente fuera de la historia oficial de la independencia de México, toda vez que el único consumador de la misma fue también <italic>oficialmente</italic> Vicente Guerrero (1782-1831); decisión que vino acompañada de una multitud de estatuas y nombres asignados a calles, avenidas, presas, lugares y escuelas del prócer suriano. No menos importante fue superar la dificultad que me significó el peso de la historiografía conservadora dentro de la cual me había yo formado en mis estudios primarios, secundarios y preparatorios bajo la sombra de autores como el mencionado Salmerón y Alfonso Trueba Olivares, y de editoriales como Jus, que durante años publicó la magnífica serie de “Figuras y episodios de la Historia de México” que dio paso a la no menos célebre colección “México Heroico”.</p>
			<p>Al interesarme por la figura de Iturbide sabía yo pues a lo que me exponía; sin embargo, el reto me lo presentaron dos artículos publicados en la <italic>Revista de la Universidad de México</italic> correspondientes a septiembre del mencionado 1971 y un formidable libro. El primero, autoría del constitucionalista e historiador Antonio Martínez Báez, titulado “El trasfondo constitucional del movimiento de Iguala” (<xref ref-type="bibr" rid="B49">Martínez Báez, 1971</xref>); el otro, del también historiador, biógrafo de Morelos, Ernesto Lemoine, titulado “Vicente Guerrero y la consumación de la Independencia” (<xref ref-type="bibr" rid="B47">Lemoine, 1971</xref>). El libro era de la autoría del poeta e historiador Manuel Calvillo y se había publicado en 1974 como parte de la colección “La República Federal Mexicana. Gestación y nacimiento” (<xref ref-type="bibr" rid="B26">Calvillo, 1974</xref>). Las tres publicaciones siempre dejaron en mí un sentimiento de inconformidad y rechazo, que, una vez obtenido el título de abogado, supe cómo superar: la historia del Derecho se convertiría en el instrumento para replantear tanto la vida como, sobre todo, la obra del primer emperador mexicano. Y lo haría desde la perspectiva concreta de la historia constitucional, tal y como la habían asumido Martínez Báez y Calvillo, pero sujeta a una nueva lectura del constitucionalismo de la época (<xref ref-type="bibr" rid="B25">Blanco, 1995</xref>, <xref ref-type="bibr" rid="B24">2010</xref>; <xref ref-type="bibr" rid="B32">Fioravanti, 1996</xref>, <xref ref-type="bibr" rid="B31">2001</xref>, <xref ref-type="bibr" rid="B30">2014</xref>; <xref ref-type="bibr" rid="B2">Álvarez, 1999</xref>; <xref ref-type="bibr" rid="B60">Van Caenegem, 2003</xref>; <xref ref-type="bibr" rid="B62">Zagrebelsky, 2005</xref>; <xref ref-type="bibr" rid="B61">Varela, 2015</xref>). En este camino tendría yo necesariamente que superar ambas versiones maniqueas tejidas alrededor de Iturbide y, por si fuera poco, también desmantelar previamente las concepciones hasta entonces consagradas y tradicionales de la historia del Derecho y de la historia del constitucionalismo mexicano, ambas, desgraciadamente permeadas hasta la saciedad de legalismo estatalista y, por lo mismo, oficialista, donde el <italic>Plan de Iguala</italic> y los <italic>Tratados de Córdoba</italic>, por no decir la misma <italic>Acta de Independencia</italic>, eran interpretados como documentos políticos reaccionarios y antiliberales.</p>
			<p>Esta última tarea ha constituido parte importante de mi vida académica; a ella me he consagrado en el aula y en mis escritos desde que atisbé lo que en verdad eran el Derecho y su historia. Y lo hice no en la Escuela Libre de Derecho de cuyas aulas había egresado el año de 1977, sino a partir de esa lectura providencial y luminosa que Jorge Adame me sugirió a partir de mi decisión de dedicarme totalmente a la academia: la <italic>Historia del Derecho privado</italic> del jurista alemán Franz Wieacker, que si bien y como su título indica se refiere al derecho privado ubica de tal manera la historia del Derecho occidental que uno termina su difícil lectura dueño de herramientas conceptuales, ideológicas y temporales para enfrentar el desarrollo histórico no sólo de la ciencia jurídica entendida como jurisprudencia sino del ascenso del Estado constitucional moderno y, lo que más tarde descubriría en la obra de mi muy llorado Paolo Grossi, el absolutismo jurídico y las mitologías jurídicas de la Modernidad. Poco después, mis primeros estudios de posgrado cursados en las facultades de Derecho y de Filosofía y Letras de la Universidad Complutense de Madrid bajo la dirección de Rafael Gibert y de Alfonso García Gallo, y el conocimiento de la concepción del Derecho y de su historia del romanista Álvaro D´Ors, completaron mi crítica radical a la visión del Derecho que yo había recibido en mis estudios de licenciatura.</p>
			<p>Ahora era llegado el tiempo de replantear el otro lado de la moneda: la historia de México; de superar tanto la visión conservadora abrevada en las aulas juveniles como la oficial presente en discursos, publicaciones, y en toda una mentalidad colectiva forjada por el Estado mexicano posrevolucionario que hundía sus raíces en la triunfante historia liberal del siglo XIX.</p>
			<p>La suerte, el azar, las relaciones personales, el destino, me pusieron en contacto a mi regreso de España con El Colegio de Michoacán, la institución a quien debo, hasta ahora, mi absoluta liberación de cualquier dogmatismo histórico. En su modesto y repartido claustro de entonces tuve la fortuna (porque esto es y no otra cosa) de conocer, oír y aprender de verdaderos maestros de quienes paradójicamente jamás fui alumno: Luis González y González -cuyo <italic>Pueblo en vilo</italic> puedo colocar en el mismo nivel de influencia sobre mí que los de Wieacker y de Marrou (<italic>El conocimiento histórico</italic>) como responsables de mi formación como historiador-; Andrés Lira González, Carlos Herrejón Peredo, Jean Meyer, y, en general el grupo de investigadores y alumnos con quienes en los centros de estudios de Historia, de Antropología, de Estudios Rurales y, más tarde, de las Tradiciones, tuve la oportunidad de conocer, leer y convivir durante varios años, particularmente en los ya famosos coloquios anuales que organizaba y sigue organizando con gran éxito El Colegio y que han venido reuniendo a una verdadera pléyade de pensadores nacionales y extranjeros de la talla de Silvio Zavala, Antonio Gómez Robledo, Abelardo Villegas, David A. Brading, John Elliot, sólo por mencionar a quienes considero me han influido más. De González y de Herrejón, en particular, recibí saludable influencia a través del trato personal y de la publicación por parte del primero de sus <italic>Once ensayos de tema insurgente</italic> (<xref ref-type="bibr" rid="B33">González,1985</xref>)<italic>,</italic> y, del segundo<italic>,</italic> de la edición de los estudios presentados en un inolvidable congreso celebrado en el propio Colegio de Michoacán en octubre de 1984 bajo su coordinación dedicado a repasar la independencia (<xref ref-type="bibr" rid="B40">Herrejón, 1984</xref>). Zavala, por su parte, representó para mi formación de historiador de Derecho la oportunidad de acercarme más al conocimiento de otro de mis “maestros”: Rafael Altamira y Crevea a quien ya conocía por mi curso de Historia del Derecho patrio impartido en las aulas de la Libre de Derecho por Francisco de Icaza Dufour y quien me facilitó el conocimiento de los libros de Toribio Esquivel Obregón, de José María Ots Capdequí y de José Miranda, además de los apuntes mimeografiados de Javier de Cervantes. Por encima de todos, sin embargo, mi maestro por excelencia en Historia de México lo fue y continúa siéndolo Edmundo O’Gorman.</p>
			<p>A estos antecedentes debo sumar, años después, mi vínculo con el Instituto Internacional de Historia del Derecho Indiano fundado en los años sesenta por mi maestro español García Gallo, por el argentino Ricardo Zorraquín Becú y el chileno Alamiro Ávila. Este noble y desinteresado Instituto dedicado exclusivamente a organizar cada cierto tiempo los célebres congresos internacionales de Historia del Derecho Indiano en distintas sedes de España y de Hispanoamérica me brindó la ocasión de conocer a verdaderos maestros de historia jurídica: el español Ismael Sánchez Bella, los argentinos Víctor Tau y Eduardo Martiré y los chilenos Bernardino Bravo Lira y Alejandro Guzmán Brito. Además se sumaron los estudios de maestría en Historia de México cursados en la Facultad de Filosofía y Letras de la UNAM y donde tuve nuevamente la fortuna de contar como profesores a maestros de conocimientos y de vida como Carlos Pereyra, Juan A. Ortega y Medina, Luis Ramos, Álvaro Matute y Beatriz Ruiz Gaytán, quienes, junto a colegas como María del Refugio González, del Instituto de Investigaciones Jurídicas, Javier Garciadiego y Beatriz Urías en el Centro de Estudios sobre la Universidad, y Josefina Z. Vázquez y tantas otras y otros investigadores en El Colegio de México, terminaron años más tarde de completar el conjunto de influencias positivas que me han permitido enfrentar con seguridad los temas objeto de mi interés histórico a lo largo de más de cuarenta años: desde la historia del Derecho, de las instituciones, de los libros jurídicos y de la administración de justicia, hasta la historia intelectual y del pensamiento; de la biografía de juristas y canonistas a la historia del constitucionalismo; de la enseñanza del Derecho y la formación de los abogados y jurisconsultos hasta la religiosidad, institucional y popular; de Jacinto Pallares a Herrera y Lasso; del Palacio Nacional a los <italic>cuadernos</italic> de Genaro García; desde el virreinato del Conde del Venadito hasta la vida y obra de Agustín de Iturbide.</p>
		</sec>
		<sec sec-type="supplementary-material">
			<title>Contribuciones</title>
			<p>Con parte de este bagaje y con algo de esta herencia intelectuales llego a febrero del año de 1984, cuando se presenta la oportunidad de comentar (<xref ref-type="bibr" rid="B23">Arenal, 1984</xref>) la ponencia del mencionado Ernesto Lemoine en un importante congreso celebrado en el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM dedicado a <italic>La formación del Estado mexicano.</italic> Dicha ponencia se tituló “Morelos y la generación de la Independencia” (<xref ref-type="bibr" rid="B48">Lemoine, 1984</xref>) y me permitió presentar un primer acercamiento a una de las tesis que, siempre desde la óptica de la historia del derecho y del pensamiento constitucionales, he tratado de proponer al mundo de la historiografía mexicana: que los movimientos insurgente y Trigarante tuvieron muchos más puntos de coincidencias y similitudes que las diferencias que la historia oficial se había esforzado en proponer. Para ello acudí a tres elementos culturales que pude localizar en la lectura de los textos constitucionales del periodo 1810-1822: modernidad, religiosidad y mitología. Este primer acercamiento lo desarrollé en forma más amplia en la ponencia titulada precisamente “Modernidad, Mito y Religiosidad en el nacimiento de México” (<xref ref-type="bibr" rid="B22">Arenal, 1987</xref>), que presenté tres años después en el coloquio dedicado a <italic>La independencia de México y la creación de la Nueva República</italic>, celebrado en la University of California, en Irvine, California, y en el que participaron, entre otros, los historiadores anglosajones Jaime E. Rodríguez, Timothy Anna -cuyo <italic>Imperio de Iturbide</italic> leí después con avidez y provecho (<xref ref-type="bibr" rid="B3">Anna,1991</xref>) -, Christon Archer, Nettie Lee Benson, Eric Van Young, Hugh Hamill, Barbara Tenenbaum y Paul Vanderwood (<xref ref-type="bibr" rid="B55">Rodríguez, 1987</xref>). Desde entonces el tema de la independencia y concretamente el de su consumación -es decir, el de la Trigarancia-, se convirtieron en uno de los que mayormente llamarían mi atención en los años siguientes, siempre, desde luego, desde la óptica de la historia de las ideas y de las instituciones jurídico constitucionales.</p>
			<p>Por esos mismos años cursaría la maestría en Historia de México donde recibí la influencia ya subrayada de Ortega y Medina y de Álvaro Matute, capitales para el conocimiento de la historiografía del periodo. Pequeños ensayos sobre la traducción al español de la síntesis de la <italic>Política natural</italic> del Barón de Holbach, aparecida en México hacia 1822 bajo en nombre de Ignacio García Malo, y sobre la vocación abogadil de Carlos María de Bustamante me mantuvieron cercanos al tema que volví a estudiar con ocasión de la celebración del XI Congreso del Instituto Internacional de Historia del Derecho Indiano, en la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires a principios de septiembre de 1995, y donde presente una ponencia relativa a las “Proclamas, bandos y órdenes de don Francisco Novella, penúltimo capitán general de la Nueva España” (<xref ref-type="bibr" rid="B19">Arenal, 1997</xref>). A partir de este momento mi elección estaba tomada: dedicaría buena parte de mis estudios al periodo y a los personajes de la última fase de la lucha por la independencia mexicana.</p>
			<p>La ocasión posterior la presentó la posibilidad de cursar el doctorado en Derecho dentro del programa conjunto que por esos años implementaron las universidades Panamericana de México y de Navarra en España. En esta última, y como requisito para obtener el diploma de estudios avanzados -equivalente a la maestría en México-, defendí el año de 1997 un ensayo francamente innovador y polémico: “El significado de la Constitución en el programa político de Agustín de Iturbide” que fue publicado después en la prestigiosa revista <italic>Historia Mexicana</italic> de El Colegio de México (<xref ref-type="bibr" rid="B18">Arenal, 1998</xref>). </p>
			<p>Pero la vida tiene sus designios y la tesis doctoral, enfocada en el análisis del gobierno virreinal de Juan Ruiz de Apodaca (1816-1821) bajo la dirección del doctor Ismael Sánchez Bella, de feliz memoria, hubo de esperar, sin que por esto dejara de publicar en distintos lugares y tiempos esos subproductos tan importantes de una tesis doctoral que son los artículos y ensayos presentados en diferentes foros a lo largo de su siempre detenida elaboración. Con todos estos materiales y mientras las notas, lecturas, documentos y fotocopias acerca de dicho gobierno se iban acumulando a mi alrededor, la figura y la importancia del proyecto político enarbolado con toda nitidez y congruencia por Agustín de Iturbide a partir de la publicación del <italic>Plan de Iguala</italic> fue adquiriendo mayor ubicación dentro de la historia del liberalismo mexicano, no tanto dentro del conservadurismo, como tradicionalmente se había considerado hasta entonces. Lo que a mi vista resultaba innegable, cada vez más claro y contundente, era el carácter moderno de dicho programa político: una constitución escrita que limitara al poder, consagrara la división de poderes, la igualdad ciudadana, la soberanía en el pueblo o en la nación, y los derechos del hombre; y asimismo, que era precisamente la historia jurídica la que podía demostrarlo.</p>
			<p>Por esta razón, me decidí a reunir un primer conjunto de mis estudios, ponencias y ensayos acerca de este complejo y a todas luces malinterpretado proceso en un libro publicado por El Colegio de Michoacán titulado con toda intención <italic>Un modo de ser libres</italic> (<xref ref-type="bibr" rid="B17">2002b</xref>)<italic>,</italic> aludiendo de esta forma a la arenga pronunciada por Iturbide a sus tropas del Ejército Imperial de las Tres Garantías reunidas el 25 de septiembre de 1821 a punto de entrar en la Ciudad de México: ”Mexicanos…ya sabéis el modo de ser libres: a vosotros toca señalar el de ser felices” (<xref ref-type="bibr" rid="B41">Iturbide, 2014: 70</xref>). </p>
			<p>Tanto el título como el subtítulo de este libro -<italic>Independencia y constitución en México (1818-1822)</italic>- contenían todo un significado que no podía ni quería negar: se trataba de demostrar que Iturbide se había propuesto proponer y luchar por establecer un plan político constitucional, moderno y liberal, si bien no radical, como fundamento de un nuevo estado independiente a partir de lo que hasta entonces se llamaría genéricamente como la Nueva España. Este nuevo estado sería precisamente el Imperio Mexicano, sujeto a un gobierno monárquico moderado por una constitución escrita y bajo los principios de igualdad ciudadana, unión de todos sus habitantes sin discriminación alguna, independencia absoluta y la religión católica como única, con exclusión de cualquier otra. Once estudios integraron este primer libro, donde aparecieron, entre otros temas, los de la conformación territorial de dicho Imperio, la religión y la Iglesia en la Trigarancia, el rechazo de negros y mulatos a la constitución de Cádiz, una nueva lectura del <italic>Plan de Iguala</italic>, y el muy interesante -a mis ojos- acerca del utilización de la ley para desterrar desde el poder político la memoria de Agustín de Iturbide del <italic>panteón</italic> oficial de los hombres ilustres mexicanos, lo que supuso presentar mis reflexiones sobre el uso de la historia por parte de dicho poder.</p>
			<p>Con base en estos materiales y con la óptica adquirida con la nueva historia jurídica, el mismo año de 2002 publique mi breve <italic>Agustín de Iturbide</italic> dividido en ocho capitulitos, una bibliografía elemental, algunos fragmentos de textos de la época -algunos suscritos por el propio Iturbide- y varias ilustraciones (Arenal, 2020a). La obra, si tiene algún mérito es la de darle la vuelta y superar las dos interpretaciones historiográficas dominantes para ofrecer una interpretación novedosa acerca principalmente de la obra de Iturbide, donde las principales aportaciones fueron las siguientes: recuperar su carácter criollo y, por ende, proclive a la autonomía o independencia de la Nueva España, si bien contrario al camino divisionista y desordenado propuesto por la insurgencia de Hidalgo y de Morelos; subrayar la importancia del periodo de su vida - aún por desgracia poco conocido- entre 1816 y finales de 1820 como una etapa de reflexión y cambio de ideas al amparo de la experiencia militar vivida durante el lustro anterior; su posición particular y original frente a los sucesos acaecidos en la Península con motivo del levantamiento de Rafael de Riego y que lo llevarían a trazar su propio plan de independencia paralelo a otros, similares o distintos, que por entonces de fraguarían en la Nueva España; el hecho de haber consultado su propio plan con hombres de su confianza e incluso habérselo propuesto al propio Apodaca, al rey y a las Cortes españolas; rescatar, al margen de estas prudentes y necesarias consultas, su absoluta y única responsabilidad como autor del <italic>Plan de Iguala</italic>; plantear de una vez por todas el carácter moderno y liberal moderado de este documento, y el valor de la garantía de la unión y de la igualdad ciudadana entre españoles, criollos, indios, negros, asiáticos y todas las castas, como esenciales del movimiento Trigarante y capitales para su ulterior triunfo. Obviamente, la principal tesis suscrita por mí ahí fue la de vincular la propuesta iturbidista al modelo constitucional europeo, liberal moderado, que por entonces irrumpía con fuerza en el mundo occidental.</p>
			<p>Se trataría de difundir mediante mi libro precisamente el significado que tuvo la constitución moderna en la obra de Iturbide y su adhesión a un gobierno monárquico moderado precisamente mediante una constitución elaborada por un congreso constituyente. No menos importante fue para mí insistir en el hecho de que si esto no fue posible no fue tanto por la supuesta y tan cacareada <italic>ambición</italic> de Iturbide sino porque el primer congreso constituyente extralimitó sus funciones y jamás discutió un solo artículo de ningún proyecto constitucional, así como subrayar el hecho -único en Hispanoamérica- de haberse formado un nuevo estado a través de un proceso de agregación de diversas entidades políticas territoriales francamente autónomas, o en víspera de reclamar su propia autonomía, que llevaría a la formación de un Imperio de más de cuatro millones de kilómetros cuadrados. No menos importante, fue afirmar que el proyecto constitucional iturbidista supuso mantener la vigencia parcial de la Constitución española dentro de cuyo orden se consumó la independencia mexicana al ser considerada una de las “Leyes fundamentales” del nuevo estado plenamente independiente; caso único en la América española. Finalmente, tanto la calidad de traidor - por la que Iturbide fue fusilado sin previo juicio (<xref ref-type="bibr" rid="B50">Martínez del Campo, 2010</xref>)-, como la versión de ser un hombre insensible, hipócrita, alejado de sus deberes matrimoniales y filiales y ajeno a toda virtud fueron, a mi sentir, lo suficientemente rebatidas. De esta forma, Iturbide recuperó en mi texto tanto dimensión humana como genio político, y si no se puede afirmar que fuera el único consumador de la independencia mexicana sí que fue el autor del programa político que dio vida al Estado mexicano independiente y soberano; es decir, que fue el primer estadista mexicano.</p>
			<p>Publicado este libro, durante los siguientes años no dejaría de cercar más al personaje, a sus contemporáneos y a su época, con el propósito de someter mis propias conclusiones a nuevas pruebas, a efecto de o verificarlas o, en caso contrario, aceptar que estaban equivocadas. La suerte y las circunstancias me serían favorables para ello. De <italic>Un modo de ser libres</italic> aparecería una segunda edición el año de 2010 con ocasión del bicentenario del inicio de la lucha por la independencia de México. Este mismo año y con el objetivo de actualizar el libro anterior publiqué un poco difundido libro subtitulado precisamente <italic>Nuevas reflexiones en torno a Un modo de ser libres</italic> y cuyo título también constituyó todo un programa de intenciones: <italic>Unión, Independencia, Constitución</italic> (<xref ref-type="bibr" rid="B12">Arenal, 2010a</xref>)<italic>.</italic> En él añadía catorce nuevos artículos, ensayos y ponencias sobre lo que ya era un tema del cual estaba cada vez más convencido. En esta nueva recopilación, hice énfasis en un asunto que en adelante me llevaría a muchas reflexiones y propuestas, y en tres descubrimientos documentales de extraordinaria importancia que hice durante la primera década del nuevo siglo. Cabe recordar que en el ínter apareció la segunda edición de mi <italic>Agustín de Iturbide</italic> por parte de la editorial Booket (<xref ref-type="bibr" rid="B15">Arenal, 2004</xref>), filial de Planeta, en un formato más pequeño y modesto y sin las ilustraciones de la primera edición.</p>
			<p>El tema se relacionaba con la ya mencionada conformación y la delimitación territoriales del nuevo estado independiente denominado Imperio mexicano, entendido como la suma de territorios bajo el dominio español relativamente autónomos y en franca fase de disgregación: la Nueva España en sentido estricto, la Nueva Galicia, la Capitanía General de Yucatán, la de Guatemala y las dos comandancias de Provincias Internas, de Oriente y de Occidente, y que últimamente me ha permitido abundar tanto en el concepto como en la realidad misma de eso que los documentos y mapas de la época denominaron en su momento América Septentrional.</p>
			<p>Los tres descubrimientos se refieren a mi inesperado encuentro con tres documentos o masas documentales llamadas a cambiar nuestra percepción acerca del proceso de consumación de la independencia mexicana, sobre sus personajes más relevantes (incluido, por supuesto, Iturbide), y sobre el tema que a mí en lo personal me interesaba desde 1984: el constitucionalismo de la Trigarancia y del propio Agustín de Iturbide.</p>
			<p>Si he dicho que el encuentro documental fue inesperado fue porque en los tres casos no fue resultado inmediato e intencionado de mis investigaciones y de mis propósitos, por otro lado siempre constantes y jamás suspendidos, sino del azar que supone en ocasiones un viaje, el encuentro con añejas amistades o una llamada telefónica.</p>
			<p>El viaje de marras fue el que realicé en marzo de 2006 a la población de Teloloapan, Gro., en compañía de los buenos amigos los profesores igualtecos Florencio Benítez y Mario Castrejón y donde en el pequeñísimo y modesto museo sito debajo del quiosco de la plaza central encontré debidamente enmarcada y colgada en la pared lo que he llamado entre interrogantes “la segunda carta” de Iturbide a Guerrero, suscrita precisamente en aquella población el 26 de noviembre de 1820 en respuesta a una de Guerrero firmada el día 22 del mismo mes (<xref ref-type="bibr" rid="B14">Arenal, 2007</xref>). Con este desconocido documento, cuya autenticidad desde luego verifiqué previamente, se probaba que las comunicaciones entre ambos jefes militares habían comenzado casi dos meses antes del tiempo que la historiografía sobre el asunto había determinado (enero de 1821). Dicho documento lo publiqué en algún número la revista <italic>Relaciones</italic> durante 2007.</p>
			<p>Las amistades no me es posible mencionarlas en esta ocasión, toda vez que siempre me pidieron reserva al respecto, pero si puedo contar que se trataba de familiares de un amigo de toda la vida y, por lo mismo, a quienes conocía desde la preparatoria. A través de otro amigo en común, notario público, nos citamos a comer en el restaurante San Ángel Inn al sur de la Ciudad de México para tratar lo relativo a una posible venta de documentos relacionados con Iturbide que pretendían hacer a alguna institución académica mexicana. Cuál sería mi sorpresa cuando vi de quiénes se trataba y más cuando vi los documentos a que se referían: nada más y nada menos que los volúmenes que contienen la correspondencia recibida por el Gral. Vicente Guerrero y otros documentos datados entre una fecha indeterminada de finales de 1820 o principios de 1821 y el 3 de mayo de 1833. En 11 tomos -el primero, que contiene 195 documentos suscritos hasta finales de abril de 1821, y cuya importancia por lo mismo resulta extraordinaria, nunca se localizó- aparecían debidamente ordenados cronológicamente un total de 2352 documentos entre cartas, recibos, cuadros, cuentas, informes, órdenes y solicitudes que implicaban a decenas de corresponsales con el Gral. Guerrero; principal y destacadamente a Agustín de Iturbide, autor de varias cartas y órdenes inéditas. Un verdadero filón documental totalmente desconocido perteneciente en su origen a la “Biblioteca del General Riva Palacio” como indicaba en cada uno de los volúmenes el correspondiente <italic>ex libris</italic> del Gral. Vicente Riva Palacio, nieto de Guerrero.</p>
			<p>Este dato abría un mundo de interrogantes. Se sabía que el archivo y la biblioteca de Riva Palacio había pasado a manos del bibliófilo mexicano Genaro García quien, a su muerte, heredó a su hijo el Lic. Trinidad García toda la famosa colección documental y bibliográfica que hoy forma parte de la Colección Latinoamericana Nettie Lee Benson de la Biblioteca de la Universidad de Texas en Austin. El archivo de Vicente Guerrero formaba parte de la colección de Genaro García y se suponía que contenía todos los documentos del célebre insurgente. Por el contrario, de pronto aparecía una masa documental totalmente desconocida que, por supuesto, nunca pasó a la institución texana sino que se conservó en manos mexicanas. Lo extraño desde la óptica historiográfica es que ninguno de los documentos encontrados fue utilizado por Julio Zárate en la parte relativa a la consumación de la independencia del <italic>México a través de los siglos</italic> dirigido precisamente por el Gral. Vicente Riva Palacio, quien se habría guardado muy bien de informar y más aún de prestar a Zárate esta importante colección documental reunida y ordenada con tanto afán. ¿A qué obedeció todo este sigilo? ¿Por qué nunca se utilizó? ¿Pasó esta colección a manos de los García y estos se negaron a traspasarla a los texanos o, en vida, alguno de los dos la traspasó a los ascendientes de mis amigos? ¿Cómo llegó a manos de estos? ¿Qué documentos contiene el extraviado volumen primero que seguramente contiene la parte más significativa para comprender el por qué y las circunstancias que rodearon la elaboración y difusión del <italic>Plan de Iguala</italic>?</p>
			<p>Una vez que pude fotografiar la inmensa mayoría de los documentos, sobre todo los relacionados con el periodo 1821 y 1822, sin duda los más numerosos, gestioné su adquisición por parte del Estado de México, una vez que a distintas instituciones públicas y privadas no les interesaron o no pudieron adquirirlos. Hoy, hasta donde tengo conocimiento, se conservan en dicha entidad en espera de su cabal descubrimiento por otros investigadores interesados. Por mi parte, a la fecha he publicado varios de dichos documentos, algunos de Agustín de Iturbide (<xref ref-type="bibr" rid="B5">2021b</xref>), otros de Pedro Asencio Alquicira (<xref ref-type="bibr" rid="B4">2021a</xref>), que han servido para continuar develando el complicado mosaico que forma la fase final de la independencia de la Nueva España. Todos me han permitido confirmar mis tesis.</p>
			<p>Por último, la llamada telefónica. Esta tuvo lugar en algún día del mes de enero de 2005, cuando uno de los abogados egresados de la Escuela Libre de Derecho me llamó para que lo orientara respecto a la posible adquisición de dos manuscritos que contenían sendos proyectos constitucionales mexicanos y que habrían de subastarse el día 29 de ese mes en las Galerías Louis C. Morton, en cuyo catálogo aparecían. Una vez revisados, me percaté de la enorme importancia de ambos, así como de su total desconocimiento por parte de la historiografía mexicana y mexicanista por lo que, desde luego, recomendé su adquisición a mi amigo y solicité su autorización para reproducirlos y trabajarlos. A final de la subasta él y uno de sus hermanos adquirieron cada uno los mencionados manuscritos. Se trataba de dos proyectos constitucionales del primer Imperio mexicano. </p>
			<p>El primero, titulado “Plan de una constitución para el Imperio Mexicano” fue suscrito anónimamente en Tacubaya -donde por entonces residía el último Capitán General de la Nueva España, Juan O’Donojú (1762-1821) - el 18 de septiembre de 1821, a pocos días de la entrada del Ejército Trigarante a la Ciudad de México. Su contenido, original y novedoso, me llamó poderosamente la atención pues era de un indigenismo notable y de una religiosidad manifiesta que contrastaba, desde luego, con proyectos similares hasta entonces conocidos y publicados, todos, en el segundo tomo de la obra de Manuel Calvillo dedicado precisamente a “Los proyectos de Constitución para México. 1822-1824” (<xref ref-type="bibr" rid="B26">Calvillo, 1974</xref>). Desde luego, abonaba a la idea del camino constitucional proyectado y seguido por el movimiento Trigarante encabezado por Iturbide. Su mérito consistía en ser, hasta la fecha, el primer proyecto constitucional conocido para el Imperio mexicano. De él di cuenta y razón, así como ofrecí una transcripción incompleta, en tres estudios presentados en sendos congresos o coloquios celebrados en Córdoba, España, en Palermo, y en la ciudad de México, durante septiembre y diciembre de 2005, y septiembre de 2006, respectivamente. No obstante, tendría que esperar hasta el año de 2021 para publicarlo en su totalidad (<xref ref-type="bibr" rid="B7">Arenal, 2021d</xref>).</p>
			<p>El segundo proyecto localizado resultó aún más importante y trascendental, toda vez que por sí mismo venía a ratificar todas y cada una de las tesis que yo había venido sosteniendo a lo largo de esos años: que la propuesta política de Iturbide eran francamente constitucional, liberal moderada y, en consecuencia, moderna, con lo que las tesis oficiales de un Iturbide reaccionario y de un proceso de consumación de la independencia mexicana esencialmente conservador y contrario del todo a la propuesta política y social insurgente se venían totalmente abajo. Sólo que para demostrarlo hubo de pasar más de una década pues por ese entonces mi vida dio un giro de 180 grados al ingresar y servir a la diplomacia mexicana en España, en Ecuador y en la Santa Sede por once años.</p>
			<p>Para fortuna mía, las conmemoraciones de los bicentenarios de la crisis hispánica de 1808, del comienzo de la lucha por la independencia novohispana y de la Constitución de la Monarquía española de 1812 coincidieron con mi estancia al frente del Instituto de México en España, en Madrid, desde donde pude propiciar espacios y oportunidades para, junto a colegas mexicanos y españoles, pudiéramos dialogar sobre la conmemoración de alguno o algunos de estos acontecimientos que anticipaban el bicentenario de la consumación de la independencia que se celebraría el año 2021, lo que evitó que yo me desligara totalmente de mis estudios y lecturas sobre los temas de mi interés, particularmente, sobre la obra de Iturbide. Por el contrario, fueron años de tomar nota y poder leer importantes obras de colegas, amigos y discípulos que tanto habrían de ayudarme a mi regreso a México: españolas, como Ivanna Frasquet; inglesas, como Catherine Andrews; mexicanas, como Guadalupe Jiménez Codinach -principalmente-, Virginia Guedea y Ana Carolina Ibarra se sumaron a la doctora Josefina Z. Vázquez para dejar en mí la benéfica influencia femenina en mi obra; al igual que desde el género masculino lo hicieron Juan Ortiz Escamilla, Alfredo Ávila, Rodrigo Moreno, Roberto Breña, José Antonio Serrano, Moisés Guzmán, Ernesto de la Torre, José Barragán, Manuel González Oropeza, José Luis Soberanes, José Antonio Aguilar, y Fernando Serrano más los españoles Manuel Ferrer, Chema Portillo, Manuel Chust y otros muchos quienes a lo largo de esos años publicaron en España y México una ingente cantidad de obras alrededor, particularmente, del fenómeno constitucional gaditano, de su impacto en la Constitución de Apatzingán -cuyo bicentenario me tocó celebrar en Ecuador-, y del propio constitucionalismo impulsado por Iturbide y su movimiento.</p>
			<p>Siempre que pude, participé en los distintos congresos y seminarios que a lo largo de esos años se celebraron tanto en México, como en Chile, Argentina, España, Ecuador y aun en Alemania, para reflexionar sobre el tema de los orígenes de la conformación constitucional del Estado mexicano. Fue entonces cuando Rafael Estrada Sámano terminó la traducción de la biografía de Iturbide de Robertson cuya presentación el Fondo de Cultura Económica me invitó a escribir (<xref ref-type="bibr" rid="B11">Arenal, 2012</xref>). Pero esta traducción no fue lo mejor que me ha dejado mi antiguo y querido maestro de Teoría del Estado sino su hijo, el ya para entonces doctor Rafael Estrada Michel, sin duda uno de los dos mayores ejemplos de discípulo que supera al maestro que he tenido a lo largo de mi vida, y quien también se encontraba empeñando en demostrar el auténtico y veraz trasfondo constitucional -liberal moderado- que había permeado no sólo al movimiento de Iguala sino toda la lucha en favor del establecimiento de un estado independiente y moderno en la América Septentrional.<xref ref-type="fn" rid="fn1"><sup>1</sup></xref>
			</p>
			<p>Sin embargo, y no obstante todas estas influencias y ejemplos de buen quehacer historiográfico, la elaboración de la proyectada tesis doctoral pareció aparcada definitivamente, así como la publicación del segundo proyecto constitucional inédito valorado por mí para mis colegas de la Escuela Libre de Derecho. Contenía éste nada más y nada menos que el <italic>Proyecto de Constitución del Imperio Mexicano</italic> elaborado por los miembros de la comisión respectiva de la Junta Nacional Instituyente nombrada los primeros días del mes de noviembre de 1822 por Iturbide y firmado por ocho de los diez miembros de dicha comisión el día 4 de marzo de 1823, a punto de disolverse la Junta Nacional y a unos días de la abdicación del emperador.</p>
			<p>Su importancia resultaba evidente, toda vez que hasta entonces sólo se conocía el <italic>Reglamento Provisional Político de Imperio Mexicano</italic> aprobado por dicha Junta en lo general en febrero de 1822 pero jamás sancionado y nunca vigente (<xref ref-type="bibr" rid="B58">Tena, 1964: 125-144</xref>) y con el cual, sin mayores razonamientos, la historiografía jurídico constitucional mexicana pretendió tradicionalmente justificar -o devaluar- la vocación constitucional del Primer Imperio. Todo intento de publicarlo por parte de su propietario por una u otra razón había fracasado a lo largo de esos años hasta que, una vez liberado de mis obligaciones diplomáticas, vi la ocasión de estudiarlo a fondo y presentarlo como tesis doctoral en sustitución de aquel malogrado proyecto sobre Apodaca. La naturaleza me brindó la ocasión de defenderla durante la terrible pandemia del año 20. Para alegría mía, su publicación en 2021 coincidió con la celebración del bicentenario de la consumación de la Independencia de México, celebración que si bien no gozó de los alcances que México y los mexicanos merecían sí significó una modificación sustancial de la actitud por parte del gobierno federal respecto de lo ocurrido veinticinco años atrás durante el echeverriato: ahora el nombre y la imagen de Agustín de Iturbide volvieron a ser, respectivamente, escuchado y vista, su obra reconocida y los colores de la bandera nacional referidos nuevamente a las Tres Garantías.</p>
			<p>Mi tesis, publicada como libro por El Colegio de Michoacán y una editorial privada (<xref ref-type="bibr" rid="B10">2021g</xref>), venía a reforzar el carácter celebratorio de aquel año memorable cuando los mexicanos supimos encontrar el modo de ser libres, así como los fundamentos constitucionales modernos del Estado mexicano en su tiempo de nacer bajo la forma de un gobierno monárquico limitado. Por fin había conseguido develar el auténtico “trasfondo constitucional del movimiento de Iguala” que tanto había inquietado a Martínez Báez en 1971 y que tan mal había interpretado. Asimismo, comprobaba la continuidad de la vocación constitucional de Agustín de Iturbide desde que formuló el <italic>Plan de Iguala</italic> hasta el momento mismo de su abdicación al trono imperial de México. Nadie en adelante podrá prescindir de este elemento en el análisis de su vida y, sobre todo, de su obra.</p>
			<p>Los capítulos del libro se organizaron en torno a la transcripción puntual y anotada del manuscrito original debidamente fotografiado para este efecto, de forma tal que dicha transcripción ocupa la parte central del texto. Previamente, di cuenta del descubrimiento del <italic>Proyecto,</italic> propuse quince presupuestos básicos que condicionan su correcta comprensión, y una cronología elemental que guiara al lector el conocimiento de los principales hechos políticos que acaecieron en complicado periodo de septiembre de 1821 y marzo de 1823. A continuación, analicé tanto los antecedentes como el funcionamiento, los miembros y resultados de la Junta Nacional Instituyente, institución hasta entonces prácticamente desconocida y, aun así, denostada. Aquí me detuve en analizar la cultura política y jurídica de algunos de los vocales o diputados de dicha Junta. En el capítulo tercero, y después de dar cuenta de otros proyectos constitucionales precedentes o posteriores, procedí a la lectura detenida del mismo; al análisis de los conceptos utilizados, de la modernidad del lenguaje político empleado, de los derechos y deberes de los “individuos”, de las principales instituciones incluidas en su articulado, de sus autores, de las influencias recibidas, y, principalmente, de las ideas políticas y jurídicas de la época en México. Todo lo cual arrojó una conclusión que no me sorprendió: se trataba de un proyecto constitucional moderno, liberal moderado, influido tanto por el constitucionalismo gaditano como por el constitucionalismo inglés, sorprendentemente regalista y con un cierto ascendiente federalista. El libro incluyó unas reflexiones finales donde postulé unos “nuevos elementos para un viejo debate” desde la perspectiva, siempre, de la historia constitucional. Como apéndice incluí el cotejo del <italic>Proyecto</italic> con el texto de la Constitución española de 1812 y con el <italic>Reglamento Provisional Político</italic> de 1822<italic>.</italic> La obra fue dedicada “A mi patria, México, en el CC aniversario de su feliz independencia”.</p>
		</sec>
		<sec sec-type="supplementary-material">
			<title>Una errata desafortunada y una mala lectura</title>
			<p>En forma paralela a la publicación anterior di a conocer, por fin, la transcripción íntegra del originalísimo texto del <italic>Plan de una Constitución para el Ymperio Mexicano</italic> del 18 de septiembre de 1821 (<xref ref-type="bibr" rid="B7">2021d</xref>), con lo que, pensaba ingenuamente, había terminado felizmente mi propósito como historiador del Derecho de participar en la conmemoración del bicentenario del nacimiento del Estado mexicano. Sin embargo, un compromiso académico pendiente y mi ingreso a la Academia Mexicana de la Historia como miembro corresponsal por la Ciudad de México, me llevaron a develar uno de los misterios que la historiografía mexicana no había podido llevar a cabo: la razón de la ausencia de la firma de Juan O’Donojú en los dos ejemplares manuscritos del <italic>Acta de Independencia del Imperio Mexicano</italic> supuestamente firmada el 28 de septiembre de 1821.</p>
			<p>Al hacerlo, no sólo develé el misterio, sino que pude precisar el nombre de los autores de dicho documento y, sorprendentemente, descubrí que el <italic>Acta</italic> jamás se firmó el mencionado día, sino entre el 3 y el 5 de octubre, lo que no significaba que la “Declaración” incluida en ese documento no se hubiera hecho el día 28 de septiembre, estando presente el último Capitán General de la Nueva España, ahora uno de los cinco regentes del naciente Imperio mexicano.</p>
			<p>Habiendo yo escrito dos ensayos donde apliqué el método de hacer una renovada, novedosa y fresca lectura del <italic>Plan de Iguala</italic> (<xref ref-type="bibr" rid="B21">Arenal, 1994</xref>) y de los <italic>Tratados de Córdoba</italic> (<xref ref-type="bibr" rid="B8">2021e</xref>) bajo la perspectiva, obviamente, de la historia jurídica, me resultó sencillo a primera vista proponerme realizar una nueva lectura del <italic>Acta de Independencia</italic> desde esa misma óptica. Jamás imaginé lo que descubriría ni sospeché el alcance de mi nueva lectura.</p>
			<p>Partí del supuesto de que los tres textos, junto con la Constitución española de 1812, constituyeron las cuatro “Leyes fundamentales” del Estado mexicano en su nacimiento (<xref ref-type="bibr" rid="B6">Arenal, 2021c</xref>), por lo que resultaba imperativo la relectura del <italic>Acta</italic> si se quería comprender a cabalidad el sustrato constitucional detrás del movimiento Trigarante. Con base en el examen de las actas de sesiones de la Junta Provisional Gubernativa del Imperio que funcionó entre septiembre de 1821 y el 25 de febrero del año siguiente, me percaté de una trascendental errata, causa de que se hubiera perdido el recuerdo de los autores del <italic>Acta</italic> y, al mismo tiempo, que se imposibilitara conocer la razón de la ausencia de la firma de O’Donojú en la misma. Por si fuera poco, esta errata era la responsable indirecta de que universalmente corriera la versión de que el <italic>Acta</italic> fue firmada el 28 de septiembre de 1821 por los miembros de aquella Junta, como parecía decirlo su mera lectura. No era así. Si bien el 28 de septiembre se hizo la “Declaración” de independencia, los dos ejemplares manuscritos del acta que la contenía fueron elaborados por parte de una comisión <italic>ad hoc</italic> integrada a partir del 29 de septiembre por los vocales Francisco de Azcárate, Manuel Sánchez de Tagle e Isidro Icaza, y quedaron listo para su firma por quienes habían participado en la declaración del día 28 desde el día 3 de octubre cuando O’Donojú ya agonizaba. La errata la advertí en la sesión del día 29 cuando “acta de Independencia” quedó transformada en “acto de Independencia” (<xref ref-type="bibr" rid="B1">Actas, 1980: 13</xref>) y la confronté con lo dispuesto en la sesión del 3 de octubre (<xref ref-type="bibr" rid="B1">Actas, 1980: 21</xref>). Pero el asunto no quedó en esto. Mi nueva lectura del documento fundacional de México como estado soberano e independiente supuso una conclusión en verdad sorprendente: en ningún lugar se afirma que el <italic>Acta</italic> se haya firmado el día 28, sino que este día se llevó a cabo la “Declaración” de independencia, sin que conste la fecha de la firma del documento. Remito a su lectura detenida; una lectura que miles de mexicanos e incluso extranjeros, historiadores o no, habíamos creído hacer durante doscientos años y en la cual constaba un hecho en el que nadie, absolutamente nadie, había reparado. A partir de ahora será obligado diferenciar la fecha de la “Declaración” -28 de septiembre- de la fecha de la firma de los ejemplares del <italic>Acta</italic> que la contiene -entre el 3 y el 5 de octubre-.</p>
			<p>De esto di cuenta en mi discurso de ingreso a la prestigiosa Academia y, en forma corregida y
				ampliada, en el libro que a finales de 2021 publicó la Escuela Libre de Derecho y el
				Centro de Estudios Interdisciplinares con el provocador título <italic>Una nueva y
					desconocida historia del Acta de Independencia de 1821</italic> (<xref
					ref-type="bibr" rid="B9">Arenal, 2021f</xref>).</p>
			<p>Por fin había demostrado que los miles de documentos signados por Iturbide y por el movimiento Trigarante exigían nuevas y desapasionadas lecturas, ajenas a cualquier consideración política.</p>
		</sec>
		<sec sec-type="conclusions">
			<title>¿Conclusión?</title>
			<p>Otros temas relacionados directa o indirectamente con la vida y el proyecto político de Agustín de Iturbide han continuado llamando mi atención, una vez finalizado el año del bicentenario de la independencia de la Nueva España y el consiguiente nacimiento del Imperio mexicano. Es como si el personaje insistiera en que no me olvidara de él. Precisamente este ensayo es prueba de ello: la vida del último arzobispo español en México, Pedro José de Fonte, el <italic>Catecismo de la Independencia</italic> del clérigo Luis de Mendizábal, la participación de la Iglesia y de sus clérigos en la fase final de la independencia mexicana, una vez más Ruiz de Apodaca, Juan O´Donojú…. Últimamente me he interesado en destacar la naturaleza “federalista” del primer Imperio por lo que tengo en prensa por parte de la Academia Mexicana de la Historia un pequeño opúsculo sobre la conformación territorial de la América Septentrional como elemento previo y necesario para la fijación de las fronteras de dicho imperio, tema que, a mi modo de ver, da mucho para continuar investigando. En esta tarea estoy seguro de no estar ni haber estado solo, y si de algo puedo estar satisfecho es que con mis ensayos y libros he colaborado junto con otros historiadores e historiadoras a desmantelar de raíz la visión maniquea que por desgracia ha rodeado la vida y la obra de quien supo encontrar para los mexicanos un modo de ser libres: unión, igualdad ciudadana, y constitución moderna.</p>
			<p>De esta forma, considero que la respuesta a la pregunta inicial resulta más que evidente; y mucho me satisface haber contribuido a contestarla a lo largo de tres décadas de estudio, lectura y reflexión manifiestas en dos decenas de publicaciones y otras conferencias, charlas y cursos, en México y en el extranjero.</p>
		</sec>
	</body>
	<back>
		<ref-list>
			<title>Fuentes consultadas</title>
			<ref id="B1">
				<mixed-citation>Actas (1980), <italic>Actas constitucionales mexicanas (1821-1824). Diario de las sesiones de la Soberana Junta Provisional Gubernativa del Imperio Mexicano, instalada según previene el Plan de Iguala y Tratados de la villa de Córdova</italic>, Ciudad de México, UNAM-Instituto de Investigaciones Jurídicas.</mixed-citation>
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					<publisher-loc>Madrid</publisher-loc>
					<publisher-name>Trotta</publisher-name>
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				<mixed-citation>Zagrebelsky, Gustavo (2005), <italic>Historia y constitución</italic>, Madrid, Trotta.</mixed-citation>
				<element-citation publication-type="book">
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						<name>
							<surname>Zagrebelsky</surname>
							<given-names>Gustavo</given-names>
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					<year>2005</year>
					<source>Historia y constitución</source>
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				<label>1</label>
				<p> Es de justicia, en consecuencia, dejar aquí constancia de gratitud sincera por la amistad intelectual que me ha unido a padre e hijo de orgullosa estirpe michoacana, así como reconocer el enorme valor del trabajo intelectual y de toda la obra publicada por Estrada Michel.</p>
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				<label>Jaime del Arenal Fenochio</label>
				<p>Es abogado por la Escuela Libre de Derecho; cursó estudios de posgrado en Historia del Derecho Indiano e Historia del Derecho Español en la Universidad Complutense de Madrid. Cursó la maestría en Historia de México por la UNAM y doctor en Derecho por la Universidad Panamericana de México. Actualmente dirige el Centro de Estudios Interdisciplinares A.C. Entre sus líneas de investigación se encuentran: Historia del Derecho, Historia de las ideas jurídicas, Historia de la Iglesia, Pensamiento conservador mexicano, Historia de la educación e Historia del constitucionalismo, así como el proceso de consumación de la independencia de México. Entre sus más recientes publicaciones destacan, como autor: “Una nueva lectura del Tratado de Córdoba”, en José Luis Soberanes Fernández y Ana Carolina Ibarra (coords.), <italic>El bicentenario de la consumación de la independencia y la conformación del primer Constituyente mexicano</italic>, Ciudad de México, UNAM-Instituto de Investigaciones Históricas, pp. 117-157 (2021); “Una independencia dentro de un orden constitucional: México, 1821”, <italic>Korpus 21</italic>, 1 (3), Zinacantepec, El Colegio Mexiquense, pp. 491-500 (2021).</p>
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